El mercado de seguros
¿Quién puede ofrecer seguros en Colombia?
En Colombia los seguros solo pueden ser ofrecidos por entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC). En otras palabras, las compañías de seguros del exterior no podrán ofrecer, promocionar o hacer publicidad de sus servicios en territorio colombiano.
Excepcionalmente, las compañías de seguros del exterior podrán ofrecer en el territorio colombiano o a sus residentes, seguros asociados al transporte marítimo internacional, la aviación comercial internacional y el lanzamiento y transporte espacial (incluyendo satélites), que amparen los riesgos vinculados a las mercancías objeto de transporte, el vehículo que las transporte y la responsabilidad civil que pueda derivarse de los mismos, así como seguros que amparen mercancías en tránsito internacional.
¿Dónde se pueden adquirir seguros?
Los seguros se pueden comprar directamente en las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia, por intermedio de un corredor, una agencia o un agente de seguros autorizado por ellas para la comercialización de sus productos, o utilizando los canales alternativos como bancos, corresponsales, almacenes de cadena, empresas de servicios públicos y cajas de compensación, entre otros.